lunes, 10 de octubre de 2011

EL PURGATORIO, DOCTRINA DEL CONCILIO DE TRENTO



     "Habiendo la Iglesia Católica, instruida por el Espíritu Santo, según la Doctrina de la Sagrada Escritura y de la antigua Tradición de los Padres, enseñado en los Sagrados Concilios, y últimamente en este general de Trento, que hay Purgatorio; y que las almas detenidas en él reciben alivio con los sufragios de los fieles, y en especial con el aceptable Sacrificio de la Misa; manda el Santo Concilio a los Obispos que cuiden con suma diligencia que la sana Doctrina del Purgatorio, recibida de los Santos Padres y Sagrados Concilios, se enseñe y predique en todas partes, y se crea y conserve por los fieles cristianos. 

   Excluyanse empero de los sermones, predicados en lengua vulgar a la ruda plebe, las cuestiones muy difíciles y sutiles que nada conducen a la edificación, y con las que rara vez se aumenta la piedad. Tampoco permitan que se divulguen, y traten cosas inciertas, o que tienen vislumbres o indicios de falsedad.

   Prohíban como escandalosas y que sirven de tropiezo a los fieles las que tocan en cierta curiosidad, o superstición, o tienen resabios de interés o sórdida ganancia. Mas cuiden los Obispos que los sufragios de los fieles, es a saber, los sacrificios de las misas, las oraciones, las limosnas y otras obras de piedad, que se acostumbran hacer por otros fieles difuntos, se ejecuten piadosa y devotamente según lo establecido por la Iglesia; y que se satisfaga con diligencia y exactitud cuanto se debe hacer por los difuntos, según exijan las fundaciones de los testadores, u otras razones, no superficialmente, sino por sacerdotes y ministros de la Iglesia y otros que tienen esta obligación."

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