sábado, 13 de abril de 2024

SOBRE LA INMACULADA CONCEPCIÓN, en el 170 Aniversario del Dogma

 


               ¿Pudo Dios preservar a ciertos Ángeles de toda mancha de pecado, y no podía preservar a Su propia Madre? ¿Pudo Dios crear a Eva sin mancha de pecado y no iba a poder crear el Alma de María sin esa mancha? Y si pudo hacerlo y Le convenía hacerlo, ¿por qué no iba a hacerlo? 


San Anselmo de Canterbury
 Doctor de la Iglesia (*)


               En España fue la Universidad de Valencia la primera que hizo solemne juramento de defender la prerrogativa de la Concepción sin mancha de María en el año 1530. La fórmula era la siguiente:

               "Ego… iuro quod quatenus per Sedem Apostolicam licebit tenebo defendendam predicabo atque docebo Beatam Virginem Dei Genitricem Mariam praeveniente Spiritus Sancti gratia absque ulla peccati originales labe fuisse conceptam".

               "Yo… juro que en cuanto me lo permita la Santa Sede Apostólica, mantendré, defenderé, predicaré y enseñaré que la Bienaventurada Madre de Dios, la Virgen María, antecediendo la gracia del Espíritu Santo, fue concebida sin ninguna mancha de pecado original".

               La de Osuna el 8 de Diciembre de 1549. El resto de las universidades españolas realizaron el juramento inmaculista a partir del año 1617 aunque no fueron los claustros universitarios los primeros que juraron su defensa, sino el pueblo: primero la villa de Madrid el día 20 de Abril de 1438; a ella le siguieron Huesca (1450), Villalpando (1466) y ya en el siglo XVII, Palencia (1615), Écija (1615), Jerez de la Frontera (1615), Santiago (1616), Sevilla (1617), Granada (1617), Barcelona (1618), Salamanca (1618), Valladolid (1618), Zaragoza (1619) y Bilbao (1620). 


María Dolores Rodríguez Godino, "Margaritas Hispánicas"


              (*) La palabra "Doctor" viene del verbo latino "docere" que quiere decir "enseñar". Dentro de la Iglesia se le llama así, oficialmente a manera de título, a ciertos escritores eclesiásticos por su gran aportación a la Fe y al pensamiento teológico dentro de la Doctrina Cristiana. En la Edad Media el Papa Bonifacio VIII consagró el título "Doctor de la Iglesia" ordenando que sus fiestas fueran consideradas como dobles en toda la Iglesia. Para que un Santo sea considerado Doctor de la Iglesia se deben de cumplir tres condiciones:

          - "Eminens doctrina", esto es conocimiento eminente. Es decir, que contenga un rigor intelectual coherente y en concordancia con el Evangelio y el quehacer de la Iglesia.

          - "Insignis vitae sanctitas", tener alto grado de santidad. Esto es que la persona haya tenido una vida ejemplar y cristiana, de ahí que antes de ser proclamados como Doctores han de estar canonizados por la Iglesia.

         - "Ecclesiae declaratio", proclamación por la Iglesia. Debe haber una declaración del Papa o de un Concilio General, si bien que hasta el presente sólo han sido proclamados por el Papa.



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