jueves, 24 de diciembre de 2020

IMPOSICIÓN DE MANOS, GESTO RESERVADO A LOS SACERDOTES



Ordenación Sacerdotal, por Su Excelencia el Obispo Daniel Dolan


No te precipites en imponer a nadie las manos, 

no te hagas partícipe de los pecados ajenos. 

Consérvate puro. 


I Carta a Timoteo, cap. 5, vers. 22


               Las manos del Sacerdote son ungidas por el Obispo, el día de la Ordenación, para poder tomar el pan que se ha de convertir en Cuerpo de Cristo, para dar la absolución en el Sacramento de la Penitencia, para administrar el Sacramento del Bautismo, la Confirmación, la Unción de enfermos, y bendecir el Matrimonio. Por tanto, solamente y únicamente los Sacerdotes pueden, mediante la imposición de las manos, administrar los Sacramentos, Ordenar a otros Ministros, transmitir Poder o Autoridad, ungir con el Espíritu Santo, impartir gracia, impartir dones y carismas, expulsar demonios o exorcismos, sanar a las personas... 


¿Está enfermo alguno entre vosotros? 

Llame a los presbíteros de la Iglesia, 

que oren sobre él y le unjan con óleo en el Nombre del Señor. 

Y la oración de la Fe salvará al enfermo, y el Señor 

hará que se levante, y si hubiera cometido pecados, 

le serán perdonados. 


Apóstol Santiago, cap. 5, vers. 14-15



El Obispo unge con Óleo Sagrado las manos del neo sacerdote


                    "Finalmente, Jesús se apareció a los once mismos... Y les dijo: Id por todo el mundo y predicad el Evangelio a toda criatura. El que creyere y fuere bautizado, será salvo; mas el que no creyere, será condenado. Y estas señales seguirán a los que creen: En Mi Nombre echarán fuera demonios; hablarán nuevas lenguas; tomarán en las manos serpientes, y si bebieren cosa mortífera, no les hará daño; sobre los enfermos pondrán sus manos, y sanarán." (Evangelio de San Marcos, cap. 16, vers. 14-18). Claramente vemos como es Nuestro Señor Jesucristo quien dispone que sean Sus Apóstoles (Obispos y Sacerdotes) los que tengan el Poder y la Autoridad de predicar y actuar en Su Nombre; es una clara encomienda que reserva el Señor para Sus Ministros, pues lo hace en la intimidad del Cenáculo y solo a ellos, a los Apóstoles, confía esta gracia.

               Por tanto, UN SEGLAR NO PUEDE, mediante la imposición de las manos, administrar Sacramentos. La imposición de manos de un seglar NO imparte ninguna gracia, NO imparte ningún don ni carismas, NO realiza ninguna unción del Espíritu Santo, NO puede ordenar Ministros ni transmitir Autoridad alguna, NO puede expulsar demonios o realizar exorcismos y no tiene poder de sanación por sí misma.


El Sacerdote es el intermediario asignado 

entre Dios y las personas, 

por lo tanto así como le pertenece a él ofrecer 

los dones de las personas a Dios, 

así le pertenece a él entregar 

los dones consagrados a las personas. 


Santo Tomás de Aquino, Doctor de la Iglesia


               Diferentes grupos, como las sectas pentecostales o la conocida como "Renovación Carismática", las prácticas del esoterismo, la New Age.... las que permiten a las personas comunes sentirse poderosos y de ejercer esa superioridad y poder sobre los demás, de ahí su enorme éxito entre los Cristianos que no tienen -o no quieren- formación doctrinal.



Que cualquier seglar/laico imponga las manos
es una falsa práctica, muy común entre los protestantes
y que por desgracia, han adoptado algunos grupos "católicos"


...solamente los Sacerdotes han sido marcados 

con la señal indeleble ‘conformándolos’ a Cristo Sacerdote, 

y que solamente sus manos han sido consagradas ‘para que 

todo lo que ellos bendicen fuere bendecido, 

todo lo que ellos consagren será sagrado y santo, 

en el Nombre de Nuestro Señor Jesucristo’


Papa Pío XII, Encíclica Mediator Dei





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