miércoles, 16 de febrero de 2022

LA FE PURA E INMACULADA: LA LIBERTAD RELIGIOSA, DERECHO MONSTRUOSO


               El 2 de Noviembre de 1789, la Iglesia era despojada de todos sus bienes inmuebles por el Estado Francés. A partir del año siguiente, se ordenó la enajenación de los bienes eclesiásticos; también ese mismo año se decretó la supresión de las Órdenes Religiosas y los votos de los consagrados, que pasaban a ser meros ciudadanos del nuevo orden francés. 




               En Julio de 1970, la Constitución Civil del Clero negaba la Autoridad del Papa sobre la Iglesia de Francia; de igual manera se negaba al Romano Pontífice el derecho de designar Obispos en el Estado Francés y hasta los Sacerdotes, serían elegidos en una asamblea popular; Francia pretendía absorber la Iglesia y convertir a los Clérigos en meros funcionarios, dóciles a la voluntad del gobierno revolucionario. El Papa quedaría postergado a un mero "jefe espiritual" pero sin poder efectivo ninguno.

               Los Sacerdotes que permanecieron fieles a Roma se vieron obligados a trabajar en el mundo, desempeñando en muchas ocasiones labores humildes como la agricultura o la artesanía para poder subsistir. Aquellos otros Clérigos que sí juraron la Constitución revolucionaria fueron excomulgados por el Papa, por contra, conservaron sus parroquias, cargos y sueldos.

               El Pontífice Pío VI, en aras de defender los Derechos de la Iglesia, lanzó su primera condena pública de la Constitución Civil del Clero, en la que denunció el intento del Estado de someter la Autoridad de la Iglesia y con ello, borrar las raíces mismas de la Cristiandad; se pretendía crear una nueva moralidad, o lo que es peor, una amoralidad, sin referencias a Dios y poniendo al hombre y a la razón como los nuevos dioses de los franceses. 

              La analogía de aquél tiempo con los días actuales no es caprichosa: los Sacerdotes íntegros, aquellos que se han negado a seguir la línea oficial de la Roma apóstata, han sido defenestrados, postergados cuando no, ignorados directamente. Los otros, los Clérigos modernistas, aquellos que han contribuido -y en la actualidad aún actúan en ese sentido- a la auto-destrucción de la Iglesia, son aplaudidos por el mundo y por los enemigos infiltrados que los alientan en su labor devastadora. Los Sacerdotes íntegros se ven obligados a permanecer en las catacumbas, a celebrar la Santa Misa en casas particulares, a llevar una vida discreta y de muchas privaciones; los modernistas, los que pertenecen a la "Iglesia del Concilio", reciben puntualmente una nómina y todo el apoyo de unos "fieles" que siempre preferirán una moral relajada a la Verdad Católica.


SUEÑOS IMAGINARIOS Y PALABRAS SIN SENTIDO


               "El efecto necesario de la Constitución decretada por la Asamblea es aniquilar la religión católica y, con ella, la obediencia debida a los reyes. Con este propósito establece como un derecho humano en la sociedad esa absoluta libertad que no solo asegura el derecho de ser indiferentes a las opiniones religiosas, sino que también concede total libertad de pensar, hablar y escribir e incluso imprimir cualquier cosa que uno desea en materias religiosas, incluso las imaginaciones más desordenadas. Este derecho monstruoso, la Asamblea lo reclama, sin embargo, como resultado de la igualdad y libertad natural de todos los hombres.



En la imagen, Santa Misa celebrada en las catacumbas
por el Rvdo. Padre Manuel Martínez, ordenado
por Monseñor Marco Antonio Pivarunas


               Pero, ¿qué podría ser más imprudente que establecer entre los hombres esta igualdad y descontrolada libertad, que ahoga toda razón, el más precioso don natural dado al hombre, que lo distingue de los animales?

               Después de haber creado al hombre en un lugar lleno de delicias, ¿acaso Dios no lo amenaza de muerte si come de la fruta del árbol del bien y del mal? Con esta primera prohibición, ¿no le estableció Él límites a su libertad? Cuando después de que el hombre desobedeció la orden, incurriendo en la culpa, ¿Dios no le impuso nuevas obligaciones a través de Moisés? Y a pesar de dejar al hombre libre voluntad de escoger entre el bien y el mal, ¿no le proporciona Dios los preceptos y mandamientos que lo salvarían “si él los observa”?

               ¿De dónde entonces, esa libertad de pensar y actuar que la Asamblea concede al hombre en sociedad como un indiscutible derecho natural? ¿La invención de este derecho no contraría el derecho del Supremo Creador a quien le debemos la existencia y todo lo que tenemos? ¿Podemos ignorar que el hombre no fue creado para sí mismo, sino que para ser útil a su prójimo?

               El hombre debe usar su razón antes que todo para reconocer a su Soberano Creador, en honrarlo y admirarlo, y someter su persona en todo a Él. Por lo tanto, desde su niñez, el hombre debe ser sumiso a quienes le son superiores en edad, debe regirse por sus instrucciones y sus enseñanzas, ordenar su vida de acuerdo a las leyes de la razón, de la sociedad y de la religión. Esta exaltación de la igualdad y la libertad, por lo tanto, son para él, desde el momento en que nace, no más que sueños imaginarios y palabras sin sentido."



Papa Pío VI
Breve Apostólico "Quod aliquantum", 10 de Marzo de 1791




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