miércoles, 12 de mayo de 2021

LOS DOGMAS MARIANOS


Los cuatro Dogmas Marianos 
o Verdades de Fe Católica referidas a 
Nuestra Santa Madre 
la Virgen María 
que todo fiel Católico, 
obligatoriamente, ha de creer y profesar





               1º Dogma de la Maternidad Divina. Proclamada en el Concilio de Éfeso, III de los Ecuménicos (año 431) contra el hereje Nestorio, que afirmaba que, si bien la Purísima Virgen María había dado a luz al Verbo encarnado, sólo se la podía considerar madre de la persona humana de Cristo, pero no de la divina, de la que, a lo sumo, se la podía llamar portadora o receptora (Θεοδόκος). Para Nestorio, la unión hipostática no era substancial sino accidental y no había, por consiguiente, entre la persona divina y la humana de Cristo lo que los teólogos llaman communicatio idiomatum (comunicación de idiomas), que permite atribuir a cada una de ellas las notas y los actos de la otra. La Doctrina Católica, por el contrario, afirma que en Cristo hay dos naturalezas (la divina y la humana) pero una sola substancia, de modo que lo que se dice de la persona divina puede atribuirse a la humana y viceversa. En este sentido, la Santísima Virgen, al concebir y dar a luz a Cristo, es verdadera “engendradora de Dios” (Θεοτόκος) o Deípara.

               San Cirilo de Alejandría explicaba en carta al hereje Nestorio, aprobada por el Concilio Niceno: “Porque no nació primeramente un hombre vulgar, de la Santa Virgen, y luego descendió sobre Él el Verbo; sino que, unido desde el seno materno, se dice que se sometió a nacimiento carnal, como quien hace suyo el nacimiento de la propia carne... De esta manera [los Santos Padres] no tuvieron inconveniente en llamar madre de Dios a la santa Virgen”.


               2º Dogma de la Virginidad Perpetua. Definida en el Concilio de Letrán (año 649) bajo el Papa San Martín I. En el Canon 3 del Acta V se lee: “Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente y según verdad por Madre de Dios a la Santa y siempre Virgen María, como quiera que concibió en los últimos tiempos sin semen por obra del Espíritu Santo al mismo Dios Verbo propia y verdaderamente, que antes de todos los siglos nació de Dios Padre, e incorruptiblemente le engendró, permaneciendo Ella, aun después del parto, en Su virginidad indisoluble, sea condenado”. 

                De acuerdo con este Dogma, María no sólo concibió virginalmente a Jesucristo en Su Purísimo Seno por Obra del Espíritu Santo, sino que lo dio a luz milagrosamente sin menoscabo de su integridad (“como pasa la luz a través del cristal, sin romperlo”) y no tuvo nunca concúbito con varón por haber hecho voto perpetuo de virginidad. Esto último se deduce del episodio de la Anunciación, cuando a las palabras del Ángel diciéndole que va a concebir y dar a luz un hijo, la Virgen pregunta cómo podrá ser esto si no conoce varón. Si no hubiera habido el voto, la objeción no habría tenido sentido, pues el Ángel podía argüirle: “No conoces varón ahora, pero lo conocerás cuando convivas con tu esposo”. María Nuestra Señora es pues, la siempre Virgen (ἀειπάρθενος).


               3º La Inmaculada Concepción. Declarada Dogma de Fe por el Papa Pío IX mediante la Bula Ineffabilis Deus (8 de Diciembre de 1854) en los siguientes términos: “...declaramos, proclamamos y definimos que la Doctrina que sostiene que la Beatísima Virgen María fue preservada inmune de toda mancha de la culpa original en el primer instante de Su Concepción por singular gracia y privilegio de Dios Omnipotente, en atención a los Méritos de Cristo Jesús Salvador del género humano, está revelada por Dios y debe ser por tanto firme y constantemente creída por todos los Fieles. Por lo cual, si alguno, lo que Dios no permita, pretendiere en su corazón sentir de modo distinto a como por Nos ha sido definido, sepa y tenga por cierto que está condenado por su propio juicio, que ha sufrido naufragio en la Fe y se ha apartado de la Unidad de la Iglesia...”. 

               Este singularísimo Privilegio de la Inmaculada Concepción no significa que la Virgen naciera sin pecado (como consta del Profeta Jeremías y de San Juan Bautista y se presume del Glorioso Patriarca San José) por una santificación en el seno materno que hubiera borrado el pecado original y sus reliquias. No; aquí se trata de una verdadera y propia exención del pecado desde el primer instante del ser natural, es decir en el momento mismo de la concepción.


               4º La Asunción en cuerpo y alma a los Cielos. Solemnemente expuesta por el Papa Pío XII con la Constitución Apostólica Munificentissimus Deus (1º de Noviembre del Año Santo 1950), en la cual se lee: “...proclamamos, declaramos y definimos ser Dogma divinamente revelado: que la Inmaculada Madre de Dios, siempre Virgen María, cumplido el curso de Su Vida terrestre, fue asunta en cuerpo y alma a la Gloria Celestial. Por eso, si alguno, lo que Dios no permita, se atreviese a negar o voluntariamente poner en duda lo que por Nos ha sido definido, sepa que se ha apartado totalmente de la Fe Divina y Católica”. 

               Que la Virgen María no conociera la corrupción del sepulcro es algo que se podría argumentar de la misma manera que hizo Duns Escoto para probar la Inmaculada concepción:“potuit, decuit, ergo fecit” (pudo, convino, luego lo hizo). Dios podía arrebatar a Su Madre a los Cielos en cuerpo y alma; convenía que así fuese para mostrar la excelencia de esa criatura purísima; luego, lo hizo: se la llevó Consigo. Cuestión distinta (y que el propio Pío XII dijo no ser materia de la definición asuncionista) es si la Virgen subió a los Cielos sin pasar por el trance de la muerte; hay división de opiniones entre estos y los que opinan que la Virgen solo entró en una "Dormición". En la actualidad, que la Virgen muriera o simplemente quedase sumida en una especie de sueño final es materia opinable.



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